generación eléctrica

El Ministerio de Energía y Minas (Minem) estableció las políticas para la determinación del precio del gas natural para la generación eléctrica, luego de haber recibido y analizado los comentarios de personas naturales y empresas durante la etapa de prepublicación.

La publicación del Decreto Supremo N° 031-2020-EM en el diario oficial El Peruano da cumplimiento a la sentencia emitida por la Corte Suprema en setiembre pasado, atendiendo a los principios de interdicción a la arbitrariedad, igualdad y eficiencia señalados por dicha instancia, y en cumplimiento de las competencias otorgadas al Estado por la Ley de Concesiones Eléctricas y la Ley de Desarrollo Eficiente de la Generación Eléctrica.

El dispositivo establece que el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin) aprobará los procedimientos técnicos que presente el Comité de Operación Económica del Sistema Interconectado Nacional (COES), relacionados con la entrega de información de la calidad y costos de suministro, transporte y distribución de gas natural acompañados de un informe sustentatorio.

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Asimismo, señala que la propuesta del COES también abarcará la revisión y evaluación de la información presentada por los titulares de la generación eléctrica; así como la determinación de los costos variables de las unidades termoeléctricas que utilizan gas natural.

Adicionalmente, el DS dispone medidas excepcionales para que el proceso de elaboración y aprobación de estos procedimientos sean realizados en plazos perentorios; por ello establece que el COES tendrá 30 días hábiles para la formulación de estos, y el Osinergmin contará con 60 días hábiles para su aprobación a partir de la recepción de la propuesta.

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No afectará tarifas

El Minem deja en claro que la presente normativa no generará un alza de tarifas eléctricas para los millones de hogares de las familias peruanas, debido a que los usuarios del servicio público de electricidad pagan una tarifa regulada (mercado regulado) por el Estado, y los precios se mantienen vigentes hasta el 2025, debido a los contratos vigentes.

Cabe precisar que el 21 de setiembre de 2020, la Corte Suprema de Justicia de la República emitió la sentencia recaída en el Proceso de Acción Popular N° 28315-2019, interpuesta por la empresa Luz del Sur, declarándola fundada y estableciendo que el Estado debe cumplir con aprobar nuevas disposiciones para la declaración de los precios de gas natural.

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Fuente: Andina