formalización minera en Perú

  • Henry Luna, viceministro de Minas, señala que de 83,000 informales que emitieron declaraciones de compromiso para formalización, son 20,000 los que avanzaron sus trámites, y que allí se debe cerrar el registro.

Si bien quedó para debate en la Comisión Permanente del Congreso el dictamen que busca ampliar por 90 días calendario adicionales un nuevo periodo de inscripción en el Registro Integral de Formalización Minero (REINFO), el Ministerio de Energía y Minas (Minem) señaló que no habrá más plazo para incorporar a los mineros informales en ese sistema.

El dictamen recogió las observaciones que en su momento formuló el Ministerio de Energía y Minas (Minem) que se mostró a favor del proyecto de ley pero sujeto a que, para acogerse a ese beneficio de mayor plazo, los mineros en proceso de formalización debían de cumplir ciertos requisitos.

Entre ellos figuraba el contar con el permiso del propietario (del predio donde operan los informales) para el uso de su terreno superficial, así como obtener título de concesión minera del área materia de formalización, y el instrumento de gestión ambiental aprobado.

Minem dice ahora: no más plazos

Sin embargo, el viceministro de Minas, Henry Luna, señaló que (ahora) la posición del Minem es que el REINFO se debe de suspender en forma indefinida, pues ya han transcurrido diez años de continuas ampliaciones a ese proceso (de registro para la formalización).

Dicha autoridad recordó que el REINFO se empezó a aplicar desde el 2013 y desde entonces se ha buscado que sea implementado por los gobiernos regionales, con la colaboración de la Dirección General de Formalización Minera del Minem.

¿Cuántos están dispuestos a formalizarse?

Luna anotó también que de las 83,000 declaraciones de compromiso (de formalización) registradas, solamente un promedio de 20,000 inscritos han realizado los trámites correspondientes para llegar a formalizar su actividad en la presente década.

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Es decir que, por un lado, concluyó que no hay interés en la mayoría que solicitaron formalizarse, y por otro, señaló que “pensamos que ya es un tiempo demasiado largo, son diez años que se ha ampliado este proceso, y que ya debería suspenderse definitivamente”.

Además, considerando que hoy entre la mediana y gran minería aglutinan aproximadamente 1,000 unidades mineras a nivel nacional, indicó que pensar en añadirle a ello 20,000 unidades nuevas (de pequeña minería y artesanal) resulta ya un número muy alto.

Esta decisión (de no prorrogar el REINFO) indicó que se aplica también a un grupo pequeño de inscritos en ese registro que operan en áreas naturales protegidas y zonas arqueológicas, en zonas donde operan las empresas formales que cuentan con autorizaciones.

El siguiente paso

El objetivo tras ese cierre, según indicó el viceministro, es que el Estado se pueda dedicar a tratar de formalizar a los artesanales que han iniciado trámites para su formalización a través del REINFO, y ayudarlos a que culminen ese procedimiento.

Para eso, indicó que lo que ahora resta es dialogar con las organizaciones (que agrupan a los mineros en camino de formalización).

Consideró que un verdadero proceso de formalización sería por ejemplo el que está contenido en un plan con ese objetivo creado el 2011, que permita mejorar las condiciones (de trabajo) en los campamentos de los centros mineros artesanales que ya se han formalizado.

Condiciones a mejorar

Esas condiciones para mejorar, detalló, serían los niveles de vida, de salud, de infraestructura básica, así como dotarlos de condiciones de seguridad para que puedan laborar en forma adecuada.

“Por ejemplo, en la zona de Ananea (en el distrito de San Antonio de Putina, en la región Puno, donde operan mineros informales) los desagües están por las calles y las condiciones de vida son infrahumanas”, aseveró, como ejemplo de lo que debe mejorar sus condiciones de operación.

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Además, el viceministro añadió que se puede ver la forma de que los mineros que terminen su formalización puedan procesar sus minerales adecuadamente, sin poner en riesgo (el medio ambiente en) las zonas altoandinas, las áreas agrícolas y los afluentes hídricos cerca a las zonas donde están operando.

Asimismo, refirió que la normatividad para la conclusión de la inscripción en el REINFO ya está dada, en el Decreto Legislativo 1607, aprobado el 21 de diciembre último y que modifica la Ley 300777, Ley contra el Crimen Organizado.

¿Qué establece ese decreto?

Ese decreto prevé medidas respecto del polémico REINFO, pues, por ejemplo, en su Primera Disposición Complementaria Final precisa que la Policía Nacional puede aplicar medidas de interdicción ante la tenencia ilegal de artefactos o materiales explosivos.

Ese accionar policial procederá, cuando se advierta actividades mineras por parte de personas acogidas al Proceso de Formalización Minera Integral con inscripción suspendida en el REINFO.

Dichas personas -indica la norma- dejarán de formar parte del REINFO con la sola comunicación por parte de la PNP al Ministerio de Energía y Minas. Esto no resulta aplicable a personas en proceso de formalización que cuenten con inscripción vigente en el REINFO.

Asimismo, el decreto estipula que los mineros en proceso de formalización deberán llegar a un acuerdo formal con el titular de la concesión minera en la que realizan actividades, en un plazo de 90 días calendario, el cual vence el 24 de marzo próximo.

De esta forma, las personas que incumplan esta obligación quedarán excluidas del REINFO de forma automática.

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Sin embargo, este lunes grupos de mineros artesanales de diversas regiones del país realizaron una marcha en la capital, exigiendo se derogue el Decreto Legislativo 1607 antes mencionado, y que se respete el plazo para formalizarse, hasta diciembre del 2024.

Concesiones

En tanto, el viceministro de Minas, respecto al acceso de los mineros informales a las áreas concesionadas, indicó que los mineros artesanales (en proceso de formalización) en la mayoría de los casos, ha tenido la oportunidad de acceder a las concesiones, pero no lo hicieron.

Explicó que desde la década del 90 se implementó planes de formalización que incluían el acceso a quienes se acogieron a ellos, al Registro Público de Minería, y para lo cual los mismos funcionarios del sector fueron al campo a realizar coordenadas para identificar las cuadrículas libres (áreas no concesionadas) donde podían acceder esos mineros.

“Se les dijo a los artesanales: tienes ésta área para que la puedas solicitar; se les dio la oportunidad, bajo el principio de derecho de preferencia (que tenían esos mineros por operar en determinadas áreas)”, recordó.

Se les dio la oportunidad pero no la tomaron

Sin embargo, refirió que, dentro de los plazos que se les dio para que solicitaran la concesión de esas áreas, no las solicitaron.

Según cifras del Minem, cada año se solicitan un promedio de 6,000 petitorios mineros o solicitudes para acceder a concesiones, pero se otorgan entre 3,000 a 4,000 concesiones, existiendo actualmente un acumulado de cerca de 30,000 concesiones mineras vigentes.

No obstante, según el mismo ministerio, son 1,329 las concesiones mineras y unidades económicas administrativas (unidades mineras) en actividad, que ocupan 2.2 millones de hectáreas (el 1.78% del territorio nacional).

Fuente: Gestión