Hasta este año los trabajadores independientes que emitan recibos por honorarios con montos acumulados menores a S/. 2,661 mensuales no pagan el Impuesto a la Renta, pero el fin de semana la Sunat elevó la valla a S/. 2,771, que entrará en vigencia desde enero del 2014.
Así, las personas que emiten recibos por honorarios podrán suspender las retenciones del 10% de sus ingresos (cuarta categoría) si proyectan que sus ingresos anuales no superan los S/. 33,250 en el 2014 (para este año era de S/. 31,938 anuales).
En el caso de directores, albaceas, síndicos, gestores de negocios o similares, la Sunat aumentó el tope de S/. 2,129 al mes a S/.2,217, que también estará vigente a partir de enero del 2014. De ese modo, pagarán el IR cuando superen ingresos de S/. 26,600 anuales (hasta este año era de S/. 25,550).
“Con esta disposición los trabajadores tendrán la opción de solicitar que no se les efectúe la retención por dicho concepto”, dijo José Verona, director tributario del Grupo Verona.
Gestión
Abogado por la UNMSM, con especialización en Derecho Mineroenergético. Maestrando en Gestión Pública por la Escuela de Posgrado de la Universidad Continental. Miembro del Grupo de Estudios de Derecho Mineroenergético – GEDEM. Asistente de la cátedra Derecho de Minería y Energía (2017 – 2018) en la Facultad de Derecho y Ciencia Política de la UNMSM. Editor de ProActivo.
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