Pepe Julio Gutiérrez

Pepe Julio Gutiérrez (Foto: Andina)

(ProActivo) La Corte Superior de Justicia de Arequipa informó que fueron condenados a penas efectivas que oscilan entre los 16 y 7 años a tres dirigentes del valle de Tambo que fueron procesados por cometer delitos de extorsión, entorpecimiento del funcionamiento de los servicios públicos, disturbios y motín durante las protestas que se dieron en la provincia de Islay, durante el año 2015 en contra del proyecto minero, Tía María. La lectura integral de la sentencia, será el próximo 29 de enero del año en curso.

Los jueces integrantes del Primer Colegiado Penal Supraprovincial de la Corte de Justicia de Arequipa, magistrados, Ronald Medina Tejada, Giuliana Pastor Cuba y Juan Carlos Churata Quispe, encontraron responsabilidad en Pepe Julio Gutiérrez Zeballos por la comisión de los delitos de extorsión en grado de tentativa en contra de la empresa Southern Peru Cooper Corporation (SPCC), entorpecimiento de los servicios públicos, disturbios y motín. Por lo que se le impuso una pena efectiva de 16 años que al descontar los 2 años y 9 meses de prisión preventiva que cumplió en el penal de Socabaya, totalizan una condena de 13 años y 3 meses, por cumplir.

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Asimismo, Jesús Mariano Cornejo Reynoso, fue sentenciado igualmente por concurso real de delitos a 7 años y 4 meses de cárcel, al encontrársele culpable de los delitos de entorpecimiento del funcionamiento de los servicios públicos y motín; mientras que Jaime Trinidad de la Cruz Gallegos, fue condenado a 12 años y 4 meses por los delitos de entorpecimiento del funcionamiento de los servicios públicos, disturbios y motín.

El colegiado penal, dispuso además el pago de 35 mil soles de reparación civil que deberá pagar Jesús Cornejo Reynoso por el delito de entorpecimiento de los servicios públicos; asimismo Pepe Julio Gutiérrez Zeballos y Jaime de la Cruz Gallegos, tendrán que pagar en favor del Estado, la suma de 500 mil soles por los delitos de disturbios y entorpecimiento y de manera solidaria los tres condenados, deberán abonar 100 mil soles adicionales por el delito de motín.

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El colegiado, absolvió de todos los cargos formulados por el Ministerio Público a Richard Ale Cruz, Justo Paredes Torres, José Ramos Carrera, Juan Meza Igme, Hilario Cornejo Reynoso, Luis Justo Laredo, Esteban Pareja Prado, Martín César Juárez Bernedo, Victor Zeballos Ortiz, Juan José Colquehaunca Chaiña, Héctor Herrera Herrera, Róger Manuel Ramos Flores y Jorge del Carpio Lazo.

El juicio oral de este proceso considerado altamente complejo por la pluralidad de delitos y el número de procesados, logró concluirse luego de prolongadas audiencias que comenzaron en el mes de octubre y concluyeron el 29 de diciembre último.

Por disposición de los jueces, se dispuso la ejecución provisional de la condena por lo cual se giraron las órdenes de captura correspondientes.