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El Ministerio de Energía y Minas (Minem), publicó el Proyecto de Decreto Supremo que aprueba “Disposiciones para la Actualización y/o Modificación del Instrumento de Gestión Ambiental Correctivo – IGAC o el Instrumento de Gestión Ambiental para la Formalización de Actividades de Pequeña Minería y Minería Artesanal – IGAFOM”.

La Resolución Ministerial Nº 002-2020-MINEM/DM es a nivel nacional y está destinado a los pequeños productores mineros y mineros artesanales que cuenten con IGAC o IGAFOM aprobado por la Dirección Regional de Energía y Minas (DREM) o quien haga sus veces, para el proceso de formalización minera integral o tengan autorización de inicio/reinicio de actividad minera y/o título de concesión de beneficio.

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La disposición establece los lineamientos que el titular minero debe seguir para actualizar el IGAC o IGAFOM en los siguientes casos: a solicitud de la Entidad de Fiscalización Ambiental (EFA) es decir, la DREM o quien haga sus veces; al quinto año de inicio de la ejecución de la implementación de medida de manejo ambiental del IGAC o IGAFOM; y, en el momento que lo considere el titular minero.

En caso de solicitar una modificatoria de IGAC o IGAFOM, el titular minero deberá precisar los nuevos o mayores impactos ambientales negativos que se incorporen en su proyecto. Es importante precisar que la presentación de una modificatoria conllevaría también a la actualización del instrumento ambiental.

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Finalmente, establece los pasos a seguir por la autoridad competente en el marco de la aprobación de la actualización/modificación y en el Anexo 1, se proponen sus respectivos Términos de Referencia. La resolución lleva la firma del ministro de Energía y Minas, Juan Carlos Liu.