ProActivo.- Se le otorga calificación de organismo técnico especializado que antes no se le reconocía lo que garantiza autonomía e independencia del Imarpe
El Ejecutivo publicó hoy en normas legales de El Peruano, el Decreto de Urgencia Nº 015-2020 que tiene por objeto mejorar y fortalecer el rol y la gestión del Instituto del Mar del Perú (Imarpe).
La norma modifica los artículos 1, 4, 9, 10, 11, 12 y 22 del Decreto Legislativo Nº 95, Ley del Imarpe, adecuando la conformación de su consejo directivo y estableciendo su estructura orgánica básica, contando con recursos modernos para el desarrollo de las investigaciones y los estudios científicos y tecnológicos a su cargo.
Se garantiza autonomía e independencia del ente científico
Sobre los alcances del DU, la ministra del sector Rocío Barrios enfatizó que estas medidas garantizan la total autonomía e independencia del Imarpe, toda vez que se ha incorporado a su Consejo Directivo a un representante del Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana (IIAP) y también del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (Concytec).
Además, los dos científicos o profesionales que integrarán este órgano máximo se escogerán en concurso público de méritos.
Precisó, que el cargo de presidente(a) ejecutivo(a) se determinará ahora por meritocracia, a través de un concurso público transparente, llevado a cabo por un comité de selección que será presidido por la Autoridad Nacional de Servicio Civil (Servir).
“Antes de esta norma, la dirección del Imarpe recaía en un vicealmirante de la Marina y correspondía a un cargo de confianza, de libre remoción sin expresión de causa. Es decir, cada ministro o Gobierno podía cambiar a la cabeza. Ahora planteamos, en el Decreto de Urgencia, un modelo meritocrático que fortalece a la institución”, sostuvo.
Vigencia del cargo
Agregó que este cargo, junto con el Consejo Directivo, tendrá una vigencia de cuatro (4) años. Esto brinda estabilidad en la gestión técnica y científica de la entidad. Así se evitará presiones políticas o económicas, de acuerdo a la coyuntura del momento en el país.
“Confío en que la norma, una vez leída en su totalidad, satisfaga y genere tranquilidad. Que se entienda que es por mantener autonomía, y además porque responde a una recomendación de una auditoría internacional, la cual concluye que había incongruencia con la ley de hace 40 años”, afirmó.
Ministra @Rocio_BarriosAl:”Antes, la elección del director científico del @ImarpePeru se daba como cargo de confianza y libre remoción. Con el nuevo modelo se plantea la selección de un profesional científico a través de un concurso público, con permanencia de 4 años en el cargo” pic.twitter.com/5DiTx0TZm9
— MinisterioProducción (@MINPRODUCCION) January 23, 2020
Calificación de OTE
Mediante el DU, se eleva al Imarpe a la calificación de Organismo Técnico Especializado (OTE). Además, se detallan las funciones del Consejo Directivo y del presidente(a) ejecutivo(a), así como los motivos de su remoción y vacancia.
Finalmente, se dispone que el nuevo ROF y los documentos de gestión del Imarpe deben ser aprobados en un plazo que no exceda los 30 días hábiles. Plazo contado desde el día siguiente de publicado el presente Decreto de Urgencia.