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También realizan precisiones para Essalud

El Ejecutivo publicó hoy medidas de austeridad, disciplina y calidad en el gasto e ingreso de personal para el año fiscal 2017, en las instituciones bajo el ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (Fonafe).

El decreto supremo publicado hoy en el diario oficial El Peruano dispone que las empresas bajo el ámbito del Fonafe puedan celebrar nuevos contratos de trabajo con personas naturales, siempre que cuenten con presupuesto para ello y solamente en los siguientes casos:
a) Las plazas del Cuadro de Asignación de Personal presupuestadas y vacantes.
b) Las contrataciones requeridas para atender nuevas funciones o incrementos de actividad o del nivel de producción o de las necesidades del mercado.
c) Las contrataciones que se efectúen para atender obras determinadas o servicios específicos de duración determinada.
Asimismo, establece que los Directorios de las empresas se encuentran facultados para aprobar las contrataciones a las que se refiere el literal a) de la presente norma.
En los supuestos previstos en los literales b) y c), los contratos deberán consignar detalladamente, las nuevas funciones o incrementos de actividad o del nivel de producción o de la necesidad del mercado o el servicio determinado u obra específica a prestarse, así como observar los plazos previstos en las normas sobre la materia.
En el caso de las contrataciones a las que se refieren los literales b) y c), las empresas presentarán sus solicitudes a la Dirección Ejecutiva de FONAFE, debidamente aprobadas por sus directorios y acompañadas por el sustento técnico y presupuestario correspondiente.
También se establece que la aprobación de las solicitudes podrá condicionarse al cumplimiento de las metas de gestión por parte de las empresas.
Essalud
La norma también señala disposiciones respecto a Essalud, que le permite celebrar nuevos contratos de trabajo con personas naturales, siempre que cuenten con presupuesto para ello y solamente en los siguientes casos:
a) Las plazas del Cuadro de Asignación de Personal presupuestadas y vacantes.
b) Las contrataciones requeridas para atender nuevas funciones o incrementos de actividad o del nivel de producción o por necesidades del mercado
c) Las contrataciones que se efectúen para atender obras determinadas o servicios específicos de duración determinada.
En los supuestos previstos en los literales b) y c), los contratos deberán consignar y/o sustentar detalladamente, el inicio o incremento de la actividad o de la necesidad del mercado o el servicio específico u obra determinada a prestarse, así como observar los plazos previstos en las normas sobre la materia.
Asimismo, se establece que Essalud se encuentra autorizado para contratar personal a través del Contrato de Administrativo de Servicios (CAS).
El Consejo Directivo de Essalud o el órgano a quien este delegue tal facultad, de ser el caso, autorizará las contrataciones antes mencionadas, con los sustentos correspondientes, bajo responsabilidad.
En el caso de la contratación de personal gerencial y de cargos equivalentes, Essalud deberá realizar los procesos de selección y contratación de personal en base a su normativa interna, debiendo considerar mecanismos que garanticen la elección de un candidato que cumpla los requisitos del puesto.
También el decreto supremo precisa disposiciones en materia de negociación o arbitraje laboral para Essalud.
También se establece que Fonafe “en ninguna circunstancia intervendrá o participará en las negociaciones colectivas” que la entidad bajo su ámbito mantiene con sus respectivos sindicatos.
Sin perjuicio de lo señalado, Fonafe podrá emitir recomendaciones derivadas de las experiencias de negociaciones colectivas previas o en curso en cualquiera de la entidad.
La norma lleva la rúbrica del Presidente de la República, Pedro Pablo Kuczynski Godard; y del ministro de Economía y Finanzas, Alfredo Thorne.
Fuente: Andina