Pago de utilidades

(Foto: GEC)

Unas 2,172 inspecciones se realizaron entre el 2023 y el 2024, por incumplimientos en la participación de las utilidades, de las cuales el 98% fueron por denuncias interpuestas por los trabajadores.

Si renunciaste o fuiste despedido de la empresa en la que trabajaste y estuviste incluido en su planilla, al menos un día, sí te corresponde recibir parte de las utilidades que se hayan generado. Así lo dio a conocer la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil), pues de acuerdo a lo que indica la ley, los trabajadores tienen hasta cuatro años, para cobrar las utilidades, y recién vencido este plazo, serán distribuidas entre los demás trabajadores.

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Hay que recordar que la participación en las utilidades es un derecho de los trabajadores que pertenecen al régimen privado y que se distribuyen porcentualmente en las empresas con más de 20 trabajadores, y en actividades que generen rentas de tercera categoría.

La distribución depende de la actividad que desempeñe la empresa. Por ejemplo, las empresas pesqueras, de telecomunicaciones e industriales, repartirán el 10% de sus utilidades, mientras que las mineras, comerciales y restaurantes, el 8%.

El pago de las utilidades se debe dar dentro de los 30 días naturales, de vencido el plazo para la presentación de la Declaración Jurada Anual, del Impuesto a la Renta. Entonces, este año el pago se realizará, aproximadamente, entre el 26 de marzo y 10 de mayo.

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De acuerdo a las estadísticas que maneja la Sunafil, unas 2,172 inspecciones se realizaron entre el 2023 y el 2024, por incumplimientos en la participación de las utilidades, de las cuales el 98% fueron por denuncias realizadas por los trabajadores.

Multas

Si el empleador incumple con los plazos para el pago de utilidades, las sanciones variarán según la gravedad de la infracción, el tamaño de la empresa y el número de trabajadores afectados. El no pagar las utilidades califica como una infracción grave, cuyas multas oscilan entre S/2 317.50 y S/134 518. Asimismo, el no entregar la hoja de liquidación califica como infracción leve. En ese caso, las multas fluctúan entre S/463.50 y S/79 928.