Sunat estableció facilidades a los contribuyentes con una prórroga excepcional para la declaración y pago de las obligaciones tributarias de los periodos marzo y mayo 2019

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Ante la caída de sus sistemas informáticos, la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) estableció facilidades a los contribuyentes con una prórroga excepcional para la declaración y pago de las obligaciones tributarias de los periodos marzo y mayo 2019, informó la Cámara de Comercio de Lima (CCL).

“Ello conforme a la Res. 127-2019-SUNAT publicada hoy en el diario oficial El Peruano, la cual determinó un nuevo cronograma cuyo vencimiento de las obligaciones tributarias se daría en el presente mes”, afirmó Victor Zavala, gerente del Centro Legal de la CCL.

Cabe mencionar que la prórroga incluye la fecha máxima de atraso en los registros de compras y ventas de las empresas, tal como se indica a continuación:

Periodo mayo 2019, respecto de las fechas de vencimiento de las obligaciones tributarias mensuales, correspondiente a mayo 2019, que vencen en junio 2019.

Periodo mayo 2019, respecto de las fechas máximas de atraso en los registros de compras y ventas (sean generados mediante el SLE, PLE o el SLE-PORTAL). Aplica a contribuyentes obligados o que voluntariamente llevan libros electrónicos.

Periodo marzo 2019, respecto de las fechas máximas de atraso de los registros de compras y ventas (sean generados mediante el SLE, PLE o el SLE-PORTAL). Aplica a contribuyentes que llevan libros electrónicos a partir del año 2019.

En tal sentido, los incumplimientos que se subsanen dentro del nuevo cronograma que antecede, se efectuarán libre de multas e intereses moratorios.

Las nuevas fechas de vencimiento de las obligaciones formales y sustanciales de los periodos marzo y mayo 2019 antes mencionados serán las siguientes, en función del último dígito de RUC del contribuyente: